Noticia ofrecida por: | CONVEGA - ROJALES | |
Más información: | http://www.docv.gva.es/datos/2014/07/03/pdf/2014_6199.pdf |
Hoy, en el DOCV, ha sido publicada la ORDEN 20/2014, de 1 de julio, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo de las PERSONAS CON DISCAPACIDAD en empresas ordinarias, en el ejercicio 2014.
CUANTÍAS
Ayudas por contratación indefinida
•Jornada completa: 3.907 euros.
•Tiempo parcial y fijo discontinuo: Reducción proporcional de la cuantía anterior.
•Transformación en indefinidos de contratos temporales y transformación en indefinidos de contratos de aprendizaje, en prácticas y para la formación de trabajadores con discapacidad, resultarán subvencionables en los términos anteriores.
Ayudas por contratación temporal
•Jornada completa y duración de, al menos, 6 meses:
-Trabajadores con una discapacidad física o sensorial de al menos un 33% e inferior al 65%: 2.000 euros.
-Trabajadores con una discapacidad psíquica igual o superior al 33%, o física y sensorial igual o superior al 65%: 2.500 euros.
•Tiempo parcial de, al menos, 20 h/sem.: Reducción proporcional de las cuantías anteriores.
Ayudas para la adaptación del puesto de trabajo.
•Adaptación del puesto de trabajo o la adquisición de equipos suplementarios de protección personal: Hasta 902 euros por trabajador, siempre que el contrato sea indefinido.
•Los bienes subvencionados deberán destinarse al fin para el que se concedió la ayuda durante un periodo de al menos 3 años.
Las contrataciones deberán efectuarse en 2014 y ejecutarse en centros de trabajo radicados en la CV. También resultarán subvencionables las contrataciones indefinidas iniciales que hubieran tenido lugar en el último trimestre de 2013.
Los trabajadores deberán haber permanecido desempleados e inscritos en los Centros Servef de Empleo hasta su contratación.
BENEFICIARIOS
•Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la CV.
•En caso de contratación indefinida y adaptación del puesto de trabajo, cualquier empleador, incluidas las CTA que incorporen como socios a trabajadores con discapacidad.
•Los trabajadores con discapacidad contratados podrán beneficiarse de la ayuda por adaptación de puesto si no la hubiera solicitado su empleador.
OBLIGACIONES
•Formalizar los contratos por escrito.
•Contratación indefinida: mantener el empleo creado durante al menos 3 años.
•Contratación temporal: mantener el empleo creado durante 6 meses.
• Si el trabajador causara baja, deberá ser sustituido en el plazo de un mes por otro trabajador con iguales características.
•Contratos fijos discontinuos: el trabajador deberá completar los periodos de trabajo que se tuvieron en cuenta para calcular la subvención.
PLAZO DE SOLICITUD
2 meses desde la contratación objeto de la ayuda, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 30 de septiembre de 2014.
Para las contrataciones efectuadas antes de la publicación de la Orden, el plazo de 2 meses se iniciará el día siguiente a dicha publicación.
Más información: CONVEGA Calle Malecón del Soto, 12 - 03170 ROJALES (Alicante)–Telf. 965307072 – Fax 965724967- mail: info@empleo-convega.com www.convega.com
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![]() | Resumen Ayuda a la contratación de PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2014 (87 KB) Fecha: 03/07/2014 |
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